Tratados de libre comercio (TTIP): globalización de mercados frente a derechos humanos

Tratados de libre comercio (TTIP): globalización de mercados frente a derechos humanos

TTIP-colour-word

“Los derechos humanos son sus derechos. Tómenlos. Defiéndanlos. Promuévanlos. Entiéndanlos e insistan en ellos. Nútranlos y enriquézcanlos… Son lo mejor de nosotros. Denles vida.”
Kofi Annan

En los últimos años se viene hablando, aunque de manera opaca, del Tratado Transatlántico de Libre Comercio y la Inversión (TTIP, en sus siglas en inglés), acuerdo que está siendo negociado en la actualidad entre la Unión Europa y Estados Unidos. El objetivo que persigue, según sus negociadores, es aumentar el comercio y la inversión entre estas dos regiones, haciendo realidad el potencial aún sin explotar de un auténtico mercado transatlántico, que genere nuevas oportunidades económicas de creación de empleo y de crecimiento mediante un mejor acceso al mercado y una mayor compatibilidad reglamentaria, marcando una pauta en materia de normas mundiales. Según la Comisión Europea: “El acuerdo está formado por tres componentes clave: a) acceso al mercado, b) cuestiones reglamentarias y barreras no arancelarias (BNA) y c) normas. Estos tres componentes se negocian de forma paralela y forman parte de un acto único que garantiza un resultado equilibrado entre la eliminación de derechos, la eliminación de obstáculos reglamentarios al comercio innecesarios y la mejora de las normas que den lugar a resultados importantes en cada uno de estos componentes y una apertura efectiva y reciproca de los respectivos mercados” (1) .

Sin embargo, la cantidad de ciudadanos europeos que conoce o sabe algo sobre el TTIP es poca, en el caso de España el número resulta aún inferior, dada la escasa transparencia con la que se está abordando el asunto tanto desde las organizaciones públicas negociadoras como desde los medios de comunicación. Entonces ante la falta de información oficial y veraz: ¿Cómo podemos saber la repercusión de este tratado en nuestra vida cotidiana? ¿Y sobre los Derechos Humanos? Para poder dar respuesta a estas cuestiones se puede analizar los efectos de tratados similares que se han llevado a cabo en otros lugares del mundo anteriormente; así como, revisar los informes que están presentando algunos expertos sobre el tema.

El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (NAFTA, en sus siglas en ingles), entre Estados Unidos, Canadá y México, ha cumplido recientemente su vigésimo aniversario. Cuando se aprobó, la retórica oficial fue que el tratado beneficiaría a las poblaciones de los tres países. Y así fue: México creció y generó gran riqueza. Pero si se analizan detalladamente los datos disponibles se observa que el resultado fue mucho menos positivo de lo que aparentan las cifras: las rentas de los súper-ricos crecieron de forma exponencial hasta situarse entre los “más súper-ricos” del mundo. También, surgió una clase media con rentas alta ligadas a los negocios de estos súper-ricos. Pero en contraposición, el nivel de pobreza en México creció pasando del 16% al 28% en los primeros cinco años. Alrededor de cinco millones de campesinos tuvieron que abandonar sus tierras, aumentando el desempleo urbano y deteriorando así el mercado de trabajo. Actualmente la tasa de pobreza en México está alrededor del 52%. Uno de los casos con más repercusión mediática, de estos súper-ricos, es Carlos Slim, este empresario mexicano fue uno de los grandes beneficiados de este tratado en México, que genero toda su riqueza a raíz de dicho tratado (2).

Según Vicenç Navarro (3), este proceso de distribución desigual de la riqueza se  deriva  del debilitamiento por su desregulación del mercado de trabajo y a la reducción de la protección social y de las políticas públicas encaminadas a proteger al ciudadano como trabajador, como consumidor y como residente. Todo esto ha beneficiado a las clases dominantes de los tres países firmantes del acuerdo; enriqueciéndose a costa del bienestar de la mayoría de la ciudadanía, que obtiene sus rentas del trabajo, generando mayores desigualdades.

Julio González (4) sostiene que las consecuencias del TTIP pueden ser similares a las del NAFTA; detallando que los cinco mayores riesgos que puede generar el TTIP para los ciudadanos europeos, son: pérdida de derechos laborales, ya que EEUU sólo ha suscrito dos de los ocho convenios fundamentales de la OIT (Organización Internacional del Trabajo); limitación de los derechos de representación colectiva de los trabajadores; olvido del principio de precaución en materia de estándares técnicos y de normalización industrial; privatización de servicios públicos, por el establecimiento de una lista reducida de aquellos que no se pueden privatizar; y, riesgo de rebaja salarial. Además de estos riegos, otros expertos, mencionan los peligros que se pueden producir en la desregularización a favor de las normas estadounidenses, en materias como la alimentación, agricultura, recursos energéticos, salud, seguridad etc.  En esta línea, el Premio Nobel de Economía, Joseph Stiglitz (5) publicó un artículo en el New York Times titulado: “Don´t Trade Away our Health”, en el cual analizaba cómo la industria farmacéutica estaba escribiendo las reglas del TTIP, que regularía el intercambio internacional de fármacos basándose en la rebaja de las exigencias y normas de regulación de la UE a favor de las existentes en EEUU.

En cuanto a los Derechos Humanos, Alfred-Maurice de Zayas (6), experto independiente sobre la promoción de un orden internacional democrático y equitativo de las Naciones Unidas, recoge en unos de sus últimos informes que: los tratados y acuerdos de libre comercio e inversión conllevan una regresión en la protección de los derechos fundamentales, como el derecho la vida, a la alimentación, al agua, a la salud, a la vivienda, la educación, la cultura, al mejoramiento de las normal que regulan el trabajo, a un poder judicial independiente, a un medio ambiente inocuo y a no ser sometido a reasentamiento forzoso. Asegura igualmente que la vulneración de estos tratados sobre los Derechos Humanos, pueden derivar en un agravamiento de la pobreza extrema, la renegociación de la deuda externa, la regulación financiera y, la regulación de los derechos de los pueblos indígenas, de las minorías sociales, las personas con diversidad funcional, así como otros grupos en situación de vulnerabilidad. Pues según, Alfred-Maurice de Zayas, las grandes empresas transnacionales junto a sus lobbies, están guiando las negociaciones situando la protección de sus ganancias por encima de la Declaración Universal de Derechos Humanos, así como de los tratados de las Naciones Unidas; aunque estos últimos sean jerárquicamente superiores, legalmente hablando.

Ante todo esto: ¿Son los tratados de libre comercio generadores de apartheid ocupacional? Parece que a la luz de los datos reportados por la mayoría de los tratados de libre comercio que están vigentes actualmente, como el citado con anterioridad, corroboran que sí son generadores de apartheid ocupacional (7). El monopolio de las grandes empresas trasnacionales y de las clases más altas sobre los recursos, el poder, y las oportunidades a costa de grupos vulnerables; generan una distribución desigual e injusta de dichos recursos. Hace que éstos tengan peores condiciones de vida debido a un empeoramiento tanto en el acceso y/o expropiación de recursos materiales, el encarecimiento y/o privatización de los servicios fundamentales como la sanidad y la educación, al debilitamiento de políticas de protección social, a la precarización de los puestos laborables, así como por la restricción en la participación de actividades fundamentales para el desarrollo y empoderamiento de una sociedad, como es la política.  Al fin y al cabo, lo que producen estas fuerzas de globalización y esta liberación de los mercados, son un colonialismo a favor del capital en detrimento del bien común. Un colonialismo cultural, en el que se imponen nuevas maneras de producción perdiendo las maneras propias de producción, que le dan identidad una sociedad; una nueva manera de concebir la salud, en el que se importan e imponen necesidades y soluciones de una sociedad en detrimento de las que son propias de la sociedad colonizada; y así, en los diferentes aspectos culturales, sociales y políticos que dan forman y perfilan una sociedad.

Parece que, hoy en día, y ante los problemas contemporáneas de nuestras sociedades, como son las altas tasas de desempleo, sobre todo en los países del sur de Europa, los cantos de sirena sobre que estos tratados de libre comercio son la única gran solución hacen que la ciudadanía no cuestione dichos tratados. ¿Y qué puede hacer la Terapia Ocupacional aquí? Los terapeutas ocupacionales, junto al resto de profesionales del tejido social, debe promover una toma de conciencia crítica del fenómeno; demandando una participación activa de todos los sectores sociales, que aún no tienen voz en dichos tratados. Estas demandas deberán defender los Derechos Humanos, por encima de los beneficios de las grandes clases sociales y de las empresas trasnacionales, donde se asegure un reparto justo de los recursos y oportunidades que permitan el desarrollo de una vida digna y significativa de todos los ciudadanos. Como señalaba Galheigo (8), es importante que los terapeutas fomentemos y ayudemos a los grupos sociales, excluidos y/o silenciados en la redacción de los tratados, en la toma de conciencia, del papel de actores sociales que estos tienen y se empoderen, a sí mismos, como procuradores y constructores de su mundo ocupacional. Con el fin de hacer este más digno y justo, a través de sus propias acciones, en el cual se defienda el cumplimiento de los Derechos Humanos por encima del beneficio económico de unos pocos. La práctica de la terapia ocupacional debería centrarse en la acción colectiva, a través de la organización de las comunidades; para que estas identifiquen sus propias necesidades, fortalezcan sus habilidades como grupo, para que evalúen las oportunidades y las amenazas que quebrantan y dificultan el cumplimiento de sus derechos políticos y sociales (9).

Como bien señalaban en post anteriores Cantero y Emeric, es necesario que los terapeutas ocupacionales abandonemos esa tibieza y neutralidad ante la política. Si realmente nuestro objetivo es conseguir y promover sociedades y comunidades con plena justicia ocupacional, donde todos tengan las mismas oportunidades para desarrollar una vida digna, es fundamental que reconozcamos la política como herramienta de transformación social. Si no promovemos una concepción crítica, ni una participación activa de las políticas que moldean o moldearán nuestra vida cotidiana, ¿No estaremos contribuyendo al desarrollo de la desigualdad, injusticia y marginalidad en la sociedad?

 

BIBLIOGRAFÍA

1) European Comission. (2015). Transatlantic Trade and Investment Partnership (TTIP). Disponible en: http://ec.europa.eu/trade/policy/in-focus/ttip/
2) González, J. (2014). 7 preguntas sobre el TTIP cuya respuesta deberias conocer. Eldiario.es. Disponible en: http://www.eldiario.es/agendapublica/proyecto-europeo/preguntas-Tratado-Transatlantico-TTiP-respuesta_0_315669128.html
3) Navarro, V. (2015). Las consecuencias negativas de los anteriores tratados de libre comercio. Diario Público.
4) González, J. (2014). 7 preguntas sobre el TTIP cuya respuesta deberias conocer. Eldiario.es. Disponible en: http://www.eldiario.es/agendapublica/proyecto-europeo/preguntas-Tratado-Transatlantico-TTiP-respuesta_0_315669128.html
5) Stiglitz, J. (2015). Don’t Trade Away Our Health. The New York Times. Disponible en: http://www.nytimes.com/2015/01/31/opinion/dont-trade-away-our-health.html?_r=0
6) Alfred-Maurice de Zayas. (2015). Informe para el Consejo de Derechos Humanos sobre los efectos adversos de los acuerdos de libre comercio e inversión sobre un orden internacional democrático y equitativo (A/HRC/30/44). Informe del Experto Independiente sobre la promoción de un orden internacional democrático y equitativo, Alfred-Maurice de Zayas. Disponible en: http://www.ohchr.org/SP/Issues/IntOrder/Pages/IEInternationalorderIndex.aspx
7) Kronenberg F y Pollard N. Superar el apartheid ocupacional. Exploración preliminar de la naturaleza política de la terapia ocupacional. En: Kronenberg, F., Algado S, y Pollard, N, editores. Terapia Ocupacional sin Fronteras. Aprendiendo del espíritu de supervivientes. Buenos Aires: Editorial Médica Panamerica; 2007. p.58-84.
8) Galheigo SM. Terapia ocupacional en el ámbito social. Aclarando conceptos e ideas. En: Kronenberg, F., Algado S, y Pollard, N, editores. Terapia Ocupacional sin Fronteras. Aprendiendo del espíritu de supervivientes. Buenos Aires: Editorial Médica Panamerica; 2007. p.85-97.
9) Galheigo SM. What needs to be done? Occupational therapy responsibilities and challenges regarding human rights. Aus occup ther j 2011; 58: 60-66.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *